En la audiencia de formalización, el magistrado Luis Muñoz Caamaño ordenó el ingreso de A.D.C.V.O. al Centro de Detención Preventiva de Ovalle, por considerar que la libertad de la imputada constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Además fijó en 120 días el plazo de investigación.
Al resolver la privación de libertad de la imputada, el magistrado Muñoz Caamaño consideró que: “Se trata de un hecho que conlleva una alta pena. La pena que fija la ley en estos casos es presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo calificado y, desde ese solo punto de vista, la libertad de la imputada parece peligrosa para la seguridad de la sociedad, sin obviar el hecho de que se trata de una persona de la tercera edad y las circunstancias especiales que tenía su hijo. Pero el acabar con la vida de una persona es de suyo un hecho atentatorio contra la seguridad de la sociedad”.
“Como concurren todos los requisitos del artículo 140, el tribunal se siente en la obligación de decretar la prisión preventiva, sin perjuicio de las particularidades que tiene este caso, como digo que son dramáticas y trágicas, pero de decretar una solución distinta podría dar pábulo a pensar que existen ciertas circunstancias en que podría estar justificado quitar la vida a otra persona, y eso no se puede tolerar; por lo tanto, se va a decretar la prisión preventiva dándole orden de ingreso al Centro de Detención Preventiva de Ovalle”, ordenó el juez.
Según el ente persecutor, aproximadamente a las 12.00 horas del jueves 16 de marzo de 2023, en un domicilio de la población Fray Jorge, comuna de Ovalle, la imputada le suministró a su hijo G.A.F.V., quien padecía un trastorno siquiátrico, una sobredosis de medicamentos y luego lo maniató con un trozo de tela y le enrolló la cabeza con cinta de embalaje, cubriendo la boca y nariz de la víctima, lo que le provocó la muerte por asfixia por aspiración de contenido gástrico (vómitos).