En fallo unánime (causa rol 50-2020), el tribunal –integrado por los magistrados Claudio Weishaupt Milner (presidente), Rubén Bustos Ortiz e Iván Vial Aguilar– ordenó el ingreso del oficial a la Sexta Comisaría de Carabineros de Las Compañías de La Serena, por considerar que la libertad del acusado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y de la víctima
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle ordenó el ingreso en prisión preventiva del capitán de Carabineros Hugo Navarro Corvalán, acusado por el Ministerio Público como autor de los delitos consumados de homicidio, detención ilegal en concurso ideal con el delito de falsificación de instrumento. Ilícitos que habría perpetrado el 19 de octubre de 2019, en la ciudad.
En fallo unánime (causa rol 50-2020), el tribunal –integrado por los magistrados Claudio Weishaupt Milner (presidente), Rubén Bustos Ortiz e Iván Vial Aguilar– ordenó el ingreso del oficial a la Sexta Comisaría de Carabineros de Las Compañías de La Serena, por considerar que la libertad del acusado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y de la víctima.
“Resolviendo la petición de los acusadores, en orden de decretar la medida cautelar de prisión preventiva, en contra del acusado, se señala que lo primero que se deber tener en consideración es que en esta causa, se encontraba decretada la medida cautelar de prisión preventiva desde sus inicios (…), el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal, que modificó la medida cautelar de prisión preventiva, lo hizo en razón de la pena en concreto que aplicó en la sentencia que dictó, era una pena sustitutiva que iba a ser cumplida en libertad, sentencia que fue anulada por la Iltma. Corte de Apelaciones de La Serena, con fecha 21 de septiembre del presente año”, sostiene el fallo.
La resolución agrega que: “(…) si bien, la nulidad dictada por la Ilma. Corte de Apelaciones, no señaló expresamente, que quedaba nula la resolución que modificaba la prisión preventiva, sí anuló el fundamento por el cual, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal, modificó dicha medida cautelar. Entendiendo este Tribunal, por ende, que las condiciones que se tuvieron en cuenta al momento de decretar la prisión preventiva, en esta causa subsisten, es así que, y los antecedentes que han señalado la defensa en esta audiencia, que dicen relación con los antecedentes personales y especialmente médicos del acusado, en nada inciden en cuanto a la necesidad de cautela”.
“Por tanto, en atención a estos argumentos, el tribunal acoge la petición de la parte querellante, a la cual se han adherido el resto de los acusadores, y por lo tanto se decreta la prisión preventiva en contra del acusado, una vez que se encuentre ejecutoriada la presente resolución”, ordena.
En la causa, se encuentra fijada audiencia de juicio oral para el 31 de enero de 2021.
Los Hechos
Según la acusación fiscal, aproximadamente a las 21.05 horas del 19 de octubre de 2019, en la vía pública, el acusado se encontraba de servicio y con la finalidad de castigar a la víctima B.M.H.E. por desafiar su autoridad, forcejeó, redujo y lo inmovilizó, para luego dispararle a corta distancia con su arma de servicio, hiriéndolo en la zona inguinopélvica. Herido, B.M.H.E. fue aprehendido y trasladado por funcionarios de Carabineros, quienes lo arrastraron, golpearon con pies y puños, jalaron el pelo hasta ingresarlo al calabozo de la Tercera Comisaría de Ovalle. Posteriormente, el imputado ordenó a un subalterno confeccionar un parte policial dando cuenta a la fiscalía de la detención de B.M.H.E. por el delito de maltrato de obra a carabineros de servicio.
A consecuencia del disparo, la víctima resultó con una fractura de pubis derecho sin salida de proyectil, clínicamente de carácter grave. Herida de tipo homicida y necesariamente mortal sin socorro oportuno. Además de otras lesiones de carácter leve por elemento contundente.