Los hechos ocurrieron en noviembre del 2020 cuando L.A.M.E, de nacionalidad venezolana, apuñaló a su conviviente. El tribunal sustituyó la pena por la expulsión del país.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle condenó a L.A.M.E. de nacionalidad venezolana a la pena efectiva de 5 años de presidio, en calidad de autor del delito frustrado de femicidio ocurrido el día 29 de noviembre del año 2020 en la ciudad de Ovalle.
El magistrado Claudio Weishaupt leyó la sentencia, la que aplicó, además, las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos durante el tiempo de la condena. “Reuniendo el requisito del artículo 34 de la ley 18.266 y teniendo presente lo señalado por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública se sustituye la pena corporal respecto del sentenciado por la expulsión del territorio nacional. El sentenciado no podrá regresar a Chile en el plazo de 10 años contados desde la fecha de la sustitución de la misma. En el evento que el condenado regresara al territorio nacional dentro del plazo señalado, se revocara la pena de expulsión y deberá cumplir el saldo de la pena privativa de libertad original impuesta sirviéndole de abono los 206 días que permaneció privado de libertad”.
La sentencia establece que los hechos ocurrieron el día 29 de noviembre de 2020, alrededor de las 00:30 horas, en el interior de un domicilio en la comuna de Ovalle. El condenado L.A.M.E., provisto de un cuchillo, procedió a agredir a su conviviente y víctima, doña R.T.U, en circunstancias que la afectada se encontraba de espaldas a él y semiagachada